¿Cómo funcionan los derechos de la naturaleza en América Latina?

POR VALERIA FOGLIA. América Latina está a la vanguardia en el reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derecho. Un debate ético en el que se cruzan crisis ambiental, cosmovisiones ancestrales e intereses económicos. 

Hace más de cinco siglos que las comunidades originarias atestiguan la destrucción de la naturaleza y sus cosmovisiones. La defienden desde mucho antes que sus derechos figuren en la Constitución ecuatoriana de 2008 o el borrador de la nueva Carta Magna que Chile deberá votar el 4 de septiembre. Ahora que el antropocentrismo está en el banquillo de los acusados, el proceso promete ser largo y enredado. Son centurias de ver la madera y no el árbol, calcular toneladas de minerales sin reparar en la montaña y hacer brotar granos sin entender que la tierra necesita regenerarse. 

Gracias a pueblos originarios, comunidades locales, investigadores, organizaciones socioambientales y especialistas en derecho, América Latina está a la vanguardia de un debate ético: es posible repensar nuestra relación con la naturaleza para hacerla más armónica y, por qué no, respetuosa.

Derechos de la naturaleza en la legislación de América Latina

La Constitución de Ecuador y la legislación en Bolivia fueron pioneras en traducir al lenguaje jurídico las cosmovisiones donde la naturaleza es sujeto, opina Valeria Berros, doctora en Derecho, investigadora del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet) y profesora de la Universidad Nacional del Litoral. Así, “puede portar derechos como los portamos las personas”, en general o para algunos ecosistemas y seres en particular, como bosques, montañas, glaciares, animales no humanos y ríos, las “estrellas” de la jurisprudencia según la especialista. 

El debate latinoamericano significó un salto cualitativo a nivel internacional. Se pasó de los derechos ambientales para los humanos, que se imponían desde la cumbre de Estocolmo en 1972, a los derechos de la naturaleza. Mientras más de 160 países reconocen en su Constitución el derecho de los ciudadanos a un ambiente sano, solo 37 admiten de una u otra forma que la naturaleza debe ser sujeto de derechos. 

Baños, Ecuador. Foto: Mauricio Muñoz/Unsplash

Contra el colonialismo extractivo

Despojarse del antropocentrismo no es fácil. Sus raíces en estas latitudes se remontan a varios siglos atrás, cuando la colonización reemplazó los saberes originarios por la mirada europea. Especialmente la idea renacentista de que los humanos debían dominar la naturaleza a través de la ciencia. 

Elisa Loncon Antileo, lingüista y académica mapuche que presidió la Convención Constitucional de Chile hasta enero de 2022, lo expone así: “Esta América fue construida con pensamiento colonial eurocéntrico. Los conocimientos indígenas fueron prácticamente condenados a desaparecer o tildados como primitivos”. 

Aunque haya cambiado de ropajes, el colonialismo extractivo había llegado para quedarse. América Latina atravesó desastres y ecocidios mucho antes de redactar siquiera un borrador sobre derechos de la naturaleza. Del crimen ambiental de la petrolera norteamericana Texaco en Ecuador, entre 1964 y 1990, al derrame masivo de la española Repsol en Perú a comienzos de 2022. De la privatización del agua en Chile en dictadura a las vegas resecas por la minería de litio ahora mismo en Catamarca, al norte de Argentina. 

Salar de Uyuni, Bolivia. Foto: Samuel Scrimshaw/Unsplash.

Derecho de la naturaleza en Ecuador

Texaco alteró para siempre la vida de las comunidades indígenas de la selva amazónica ecuatoriana. La multinacional instaló trescientos pozos y unos mil piletones tóxicos —muchos clandestinos— en más de dos millones de hectáreas. No respetó ni sus propios métodos de seguridad: en lugar de reinyectar el petróleo y los desechos de su producción, los descargó en ríos y esteros.

Lo llamaron el “Chernobyl de la Amazonía” porque la empresa —comprada por Chevron en 2001— derramó 71 millones de litros de residuos de petróleo y 64 millones de litros de crudo. Treinta veces más que Exxon Valdez en las costas de Alaska. Entre 1996 y 1998, Texaco intentó “barrer la suciedad bajo la alfombra”. Pero fue demandada por unos treinta mil ciudadanos, algunos afectados por cáncer, malformaciones y problemas reproductivos

Foto: Environmental Justice Atlas

El ecocidio impune de Texaco-Chevron y otras luchas ya habían “cargado las nubes” cuando, en enero de 2008, comenzó la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador. Así lo relata el economista Alberto Acosta, su presidente, quien reflejó el sentir de varios al publicar artículos sobre los derechos de la naturaleza. 

El exministro de Energía y Minas de Ecuador cree que “este paso histórico” fue alentado también por la distribución del texto “La naturaleza no es muda”, de Eduardo Galeano. El escritor uruguayo, inspirado por el debate, concluye que “la naturaleza tiene mucho que decir, y ya va siendo hora de que nosotros, sus hijos, no sigamos haciéndonos los sordos”. 

¿En qué año se reconocieron los derechos de la naturaleza en la constitución ecuatoriana?

La Carta Magna, aprobada con el 64 % de los votos en 2008, estableció en el artículo 71 que “la naturaleza o Pachamama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia, y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos”. 

Al hablar de “naturaleza o Pachamama”, Ecuador puso en un mismo nivel el conocimiento europeo y el ancestral. Acosta llama “mestizaje jurídico” a la combinación entre los saberes indígenas y los movimientos de resistencia. Los pueblos originarios aportaron “las raíces y el tronco” al debate. Para ellos, dice, “la Madre Tierra no es una metáfora, es una realidad cotidiana. Como nuestra madre, la Pachamana no requiere de un derecho especial para que la amemos, respetemos y cuidemos”.

Uno de los pozos dejados por Chevron. Foto: Environmental Justice Atlas

Aunque establece que el Estado debe restringir actividades que puedan llevar a la extinción de especies y la destrucción de ecosistemas, la nueva Constitución no resolvió “el conflicto entre la naturaleza-objeto y la naturaleza-sujeto”, admite el referente ecuatoriano. Los Gobiernos siguen permitiendo actividades mineras irregulares, y los grupos de poder aún buscan “sostener privilegios” con la explotación humana y de la naturaleza. 

Sin embargo, para Acosta, son “cada vez más” los defensores de la naturaleza que logran “sonados triunfos”. Berros considera que las sentencias judiciales son “otro camino” para el “giro ecocéntrico latinoamericano”, también en países como Colombia. Allí se reinterpretó el derecho vigente para considerar como sujetos a ciertos ecosistemas, especialmente sus ríos. 

Derecho de la naturaleza en el debate chileno

En Chile, la Convención Constitucional revitalizó la perspectiva ecocéntrica, dice Berros. La Carta Magna impuesta por la dictadura de Augusto Pinochet instauró un modelo político y económico neoliberal que, en palabras de Loncon, fue “planificado de espaldas a la naturaleza”. No solo privatizó el agua y otorgó privilegios a la minería: también transformó los bosques nativos en forestales, con plantaciones de pino insigne y eucaliptos. “Eso ha generado la sequía que hoy en día arrasa las comunidades del Wallmapu”, denuncia la convencional mapuche. 

La Comisión de Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico fue una de las que más enmiendas generó. Partidos asociados al extractivismo, desde la derecha al bloque socialista, acusaron de “ecocéntricas”, “maximalistas” y hasta “pachamámicas” a las propuestas de ecoconstituyentes.

San Pedro de Atacama, Chile. Foto: Vinicius Henrique/Unsplash

Tras idas y vueltas, a fines de marzo de 2022 se incorporó al borrador que “la naturaleza tiene derecho a que se respete y proteja su existencia, a la regeneración, a la mantención y a la restauración de sus funciones y equilibrios dinámicos, que comprenden los ciclos naturales, los ecosistemas y la biodiversidad”. Para garantizarlo, la Comisión de Sistemas de Justicia sumó las defensorías de la naturaleza y los tribunales ambientales.

En un país con cinco zonas de sacrificio y una crisis hídrica que obliga a racionar el agua, la Convención definió a comienzos de mayo que esta es “esencial para la vida y el ejercicio de los derechos humanos y de la naturaleza”. Y debe ser protegida por el Estado en todos sus estados y fases. 

Derechos de la biodiversidad en Argentina

En Argentina, el país donde la orangutana Sandra logró la libertad tras ser declarada “persona no humana” y “ser sintiente”, empezó a haber procesos “interesantes”, opina Berros. Que “habilitan un nuevo tipo de discusión” porque abarcan especies y no solo individuos. Se refiere al hábeas corpus por la ballena franca austral o el amparo por el yaguareté —también conocido como jaguar— presentado por Greenpeace y la Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas.

La investigadora agrega los fallos de la Corte Suprema que, aun sin reconocer derechos de la naturaleza, reclaman una perspectiva ecocéntrica y aplican el principio in dubio pro natura. El máximo tribunal argentino aún debe responder sobre los derechos del yaguareté y el río Paraná.  

A nivel legislativo, en 2015 el fallecido senador Pino Solanas presentó un proyecto para consagrar los derechos de la naturaleza. Al no prosperar, el diputado Leonardo Grosso debió volver a presentarlo en 2020

Foto: Jhon Novis (Greenpeace)

Salir del antropocentrismo

En los últimos 150 años aumentaron el consumo de energía y la sobreexplotación de la naturaleza. También sufrieron una transformación inédita de los paisajes terrestres, marinos y de agua dulce. La catástrofe ambiental se aceleró a partir de 1970. Los científicos advierten que hay una ventana de unos pocos años para torcer este rumbo.

En Derechos de la Naturaleza. Ética biocéntrica y políticas ambientales, el investigador uruguayo Eduardo Gudynas traza el recorrido que tuvo la reflexión sobre la naturaleza antes de plantear una ruptura con el antropocentrismo. Fueron décadas en las que se habló de las generaciones futuras, la conservación como “buen negocio”. Incluso el reconocimiento de valores estéticos, culturales, religiosos e históricos antes de plantear que la naturaleza tiene derecho a existir.

Para Alberto Acosta, desandar el camino del antropocentrismo y el productivismo no es tarea sencilla, e implica “un giro copernicano” a nivel jurídico, económico, social y político. Algo complejo en la región mientras la naturaleza se siga considerando “como un elemento a ser domado, explotado y mercantilizado”. 

Más allá de las leyes

En tanto, Valeria Berros reconoce que “con las leyes no alcanza”. No solo porque el derecho ambiental tiene “un problema grande de efectividad”, sino porque se necesitan transformaciones más profundas. Sin embargo, el lado positivo de estas herramientas legales y la participación indígena y de movimientos socioambientales es que permiten pensar en “generar pequeños cambios” concretos para personas y ecosistemas. Esta “especie de democratización” puede ser un paso para superar “la dicotomía naturaleza-sociedad o naturaleza-cultura”. 

El gran interrogante que plantea el surgimiento de la perspectiva biocéntrica es “por qué los humanos seríamos la medida de todas las cosas”, sostiene la investigadora del Conicet. Aunque “queda muy poco margen” para adoptar medidas en pos de nuestra supervivencia y la de otras especies, el diálogo interdisciplinario y el aprendizaje de otras cosmovisiones y movimientos le dan esperanza. 

Este artículo es parte de COMUNIDAD PLANETA, un proyecto periodístico liderado por Periodistas por el Planeta (PxP) en América Latina. Si deseas conocer la historia completa, puedes hacer click aquí.